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Código Administrativo Artículo 1637 R Estado de Chihuahua


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Administrativo Chihuahua
Artículo 1637 R.

En el supuesto de que el Ministerio Público determine que los vehículos presuntamente abandonados, no hayan sido empleados en la comisión de algún delito, según lo establecido por el artículo 68 de la Ley de Vialidad y Tránsito para el Estado de Chihuahua, así como en los casos de vehículos robados que hayan sido recuperados, previo al envío a un depósito vehicular y su puesta en disposición para la Secretaría de Hacienda, esta verificará en el padrón vehicular el nombre del propietario del bien presuntamente abandonado, ordenándosele notificar que el vehículo se encuentra a su disposición y señalando el domicilio del depósito vehicular en el que se encuentre. 

Cuando se desconozca el propietario y su domicilio, se notificará mediante publicación en el Periódico Oficial del Estado y en uno de mayor circulación en la localidad que se trate.

Transcurrido un año contado a partir de la notificación referida en el párrafo anterior, sin que el propietario o poseedor del vehículo se presente a recogerlo, será emitida una declaratoria de abandono a favor del Estado, que deberá ser publicada en el Periódico Oficial del Estado y en uno de mayor circulación en la localidad que se trate, en la que se señale un plazo perentorio de treinta días para que el interesado acuda a recuperarlo, bajo el apercibimiento que de no realizarlo, se procederá a su remate.

Agotado el procedimiento anterior, el permisionario tendrá prelación sobre el monto en que se adjudiquen los mismos, para que le sea liquidado el gasto operativo que el depósito de los bienes le representó; en este supuesto, deberá efectuarse el cálculo conforme a la tarifa autorizada.



Estado de Chihuahua Artículo 1637 R Código Administrativo
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


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Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


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